El Banco de Italia instruyó a los proveedores de servicios de pago y a los proveedores de servicios de criptoactivos a revisar y reforzar la aplicación de las medidas de sanciones de la UE y nacionales, reiterando que el control de sanciones para las transferencias de criptoactivos no debe incluir un umbral mínimo de transacción. El aviso señala que los intermediarios financieros deben identificar las transacciones vinculadas a partes sancionadas, congelar activos y presentar los informes requeridos. Las infracciones han sido elevadas a la categoría de delitos penales. En virtud de la refundición del TFR y de la Directriz 2024/15 de la Autoridad Bancaria Europea, los PSP y los CASP deben mantener políticas internas y sistemas automatizados de control para cotejar a los clientes y cada transferencia de fondos o de criptoactivos con las listas de sanciones, salvo en el caso de las transferencias instantáneas y los casos de bajo riesgo específicamente exentos conforme a las normas de la UE.